Este procedimiento es una
herramienta legal que permite a una empresa sobreendeudada vender sus activos
para el pago ordenado de sus compromisos. En este marco, la ley protege
prioritariamente a los trabajadores, quienes suelen ser el grupo más afectado por
una crisis empresarial.
La Superir explicó que la Ley
N.º 20.720 busca equilibrar el proceso de liquidación, reconociendo la
vulnerabilidad de los trabajadores y estableciendo una jerarquía clara que
resguarda el ejercicio de sus derechos.
Principales
derechos garantizados
De acuerdo con la normativa
vigente, entre los derechos laborales que deben ser pagados preferentemente en
un proceso de liquidación se encuentran:
Indemnización sustitutiva del
aviso previo, con un tope de 90 UF, en caso que el monto adeudado sea mayor a
dicho tope, el saldo se entenderá valista, esto es, se pagará al final, junto
con los demás créditos que no gocen de preferencia
Indemnización por años de
servicio, equivalente a tres ingresos mínimos mensuales por cada año trabajado,
hasta un máximo de 11 años.
Indemnización especial por
fuero maternal, cuando corresponda.
Acceso a las prestaciones del
seguro de cesantía, en igualdad de condiciones que cualquier persona
desempleada.
Exención del descuento de
saldos no devengados por créditos sociales contratados con Cajas de
Compensación en el finiquito.
Fin del contrato y
acceso al seguro de cesantía
La resolución judicial que
declara la liquidación marca la fecha oficial de término de los contratos de
trabajo. El liquidador concursal, designado por el tribunal, tiene la
obligación de comunicar el término del contrato a cada trabajador, ya sea
personalmente o por carta certificada y adjuntar a la comunicación un
certificado emitido por la Superir donde consten los antecedentes del
procedimiento concursal.
Con ambos documentos- la carta
de término y el certificado- las personas trabajadoras pueden acudir a
cualquier oficina de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) para
gestionar el cobro de su seguro de cesantía.
Por otro lado, el liquidador
tiene la responsabilidad de poner a disposición de los trabajadores el
respectivo finiquito dentro de los plazos legales, el cual debe firmarse ante
un ministro de fe ya sea notario público, inspector del trabajo o electrónicamente.
Un proceso
vigilado por el Estado
Desde la Superintendencia
enfatizaron que la liquidación es un procedimiento judicial, regulado y
fiscalizado de manera permanente por la institución. Es un mecanismo que
garantiza un trato justo y transparente hacia todos los acreedores, en
particular hacia los trabajadores, cuya situación reviste especial
preocupación.
Para más información sobre derechos laborales en procesos de liquidación, el servicio invitó a visitar la página www.superir.gob.cl o bien contactar directamente al liquidador designado en el procedimiento.
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