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El ministro de Energía, Diego
Pardow, señaló cómo funciona la indemnización que establece la legislación
eléctrica por la interrupción del suministro. Un abogado y académico de la
Usach entrega recomendaciones.
El apagón masivo que afectó a 14
regiones del país generó cuestionamientos sobre cómo funciona el sistema
eléctrico en Chile ocasionó la molestia de miles de personas que pasaron más de
seis horas sin luz, muchos de los cuales sufrieron desperfectos en los
electrodomésticos, vencimiento de remedios o alimentos cuando regresó el
servicio pasada las diez de la noche.
El ministro de Energía, Diego Pardow, se
refirió en un punto de prensa al corte de luz y profundizó sobre las eventuales
compensaciones que deberían recibir los usuarios afectados.
“Están las compensaciones que establece la
legislación eléctrica por la interrupción del suministro. En el caso de fallas
en transmisión corresponde una compensación por todo el tiempo de duración del
suministro que es del orden de 15 veces el precio de la energía no
suministrada”, explicó la autoridad.
“Y eso lo instruirá la Superintendencia de
Electricidad y Combustible (SEC) una vez que el informe de análisis de falla
del coordinador eléctrico nacional se entregue en los próximos días”, dijo.
El secretario de Estado también indicó que
“a su vez, hay compensaciones que tienen que ver con la pérdida de artefactos
eléctricos. Y en ese caso lo que necesitamos es que las personas hagan llegar
esa información a www.sec.cl,
así como también al Sernac, que ya está trabajando en evaluar los casos a
seguir”.
¿Qué pasos se deben seguir para una
compensación?
El abogado Andrés Peñaloza, académico de
la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, abordó con Diario Usach cuáles son las medidas que deberían tomar
los usuarios afectados por el apagón masivo y cuánto tiempo se puede demorar en
que exista una respuesta a sus demandas.
“Lo más recomendable es que primero las
personas esperen a que se determinen las responsabilidades del caso, porque no
es lo mismo si es que la responsabilidad es de la distribuidora o si la
responsabilidad es de una empresa transmisora o generadora”, planteó.
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El especialista agregó que “en el caso de
que la responsabilidad sea de la distribuidora, que por todo lo que sabemos no
es este caso, las personas pueden pedir compensaciones por sus daños en, ya sea
a través de un reclamo ante Internet o, más correctamente, gestionando acciones
ante un juzgado de policía local”.
El abogado indicó que “acá lo que sabemos
hasta ahora es que hay dos posibles responsables. Uno, una empresa de
transmisión, y también algunas empresas generadoras. Entonces, ¿qué es lo que
va a pasar acá de aquí en adelante?
El coordinador en este caso tiene que
recopilar antecedentes y va a elaborar un informe de estudio de análisis de
fallas que lo va a remitir a la superintendencia de electricidad y combustible,
y ahí se van a determinar las primeras compensaciones.
No
son compensaciones con las personas, sino que son compensaciones solamente por
el tiempo de falta del suministro eléctrico. Esas compensaciones las va a
determinar automáticamente la superintendencia, las que esas compensaciones
lleguen y esas compensaciones van a ser equivalentes a la cantidad de horas sin
suministro eléctrico, multiplicado por el precio de la tarifa eléctrica,
aumentado 15 veces”.
Es decir, se vería reflejado en un
eventual descuento en la boleta de la cuenta de luz, pero según lo que explicó
el propio experto, no es algo que será inmediato. “Va a venir con un descuento,
pero para esto falta bastante tiempo, porque la última vez que hubo un
blackout, que fue parcial, del sistema de electricidad fue el 2021 y las
compensaciones salieron en el 2024”.
Es por esta razón y con ese escenario que
Andrés Peñaloza planteó que “creo que no vale demasiado la pena ejercer
acciones legales de forma inmediata, porque si es que las responsables son
empresas de transmisión o empresas de generación, las personas van a tener que
demandar esos perjuicios particulares, esto es adicionalmente a las
compensaciones que vendrían en la boleta”.
El abogado señaló que “si las personas
quieren demandar perjuicios porque se les echó a perder un refrigerador, porque
perdieron algún medicamento importante, porque sufrieron daños a su salud o lo
que sea, eso va a tener que demandar en el futuro en tribunales de justicia.
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Por último, recomendó que los afectados “no tomen acciones todavía, sino que espere a que salga algún pronunciamiento, ya sea del coordinador o ya sea de la SEC, y con ese pronunciamiento, una vez sabiendo quién es realmente la empresa responsable, hay que evalúen las acciones legales a tomar, porque por ahora no hay un responsable oficial de la falla y, por lo tanto, aunque las personas demanden, esas demandas van a tener pocas probabilidades de éxito”.
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