En general, se contempla algunas innovaciones como la
existencia de una regla dual y se incorporan nuevas normas de transparencia y
rendición de cuentas con tal, de fortalecer la regla del Balance Estructural.
En cuanto a lo primero se establece que el Decreto que
fija la política fiscal deberá contener un pronunciamiento y compromiso
respecto del nivel de deuda de mediano plazo, medido a través de la deuda bruta
del Gobierno Central Total como porcentaje del PIB para el período de su
administración.
Adicionalmente, se establece un mecanismo de cláusula
de escape que permitirá a futuros gobiernos desviarse por hasta dos años de las
metas fiscales de Balance Estructural, ante eventos extraordinarios y
transitorios, siempre que estos sean ajenos al accionar propio de la
administración y que ocasionen un deterioro significativo en la actividad
económica, el empleo o perjudiquen considerablemente la situación financiera o
sostenibilidad económica y/o social del país.
“El Gobierno del presidente Boric ha querido ser claro
en el sentido de que, al incorporar la cláusula de escape, está pensando en la
aplicación futura de la regla fiscal y de sus eventuales excepciones, y que no
pretende hacerlo por sí mismo”, señaló el ministro de Hacienda, Mario Marcel,
“Esta regla sólo regirá a partir de 2026. Asimismo, con
esto eliminamos cualquier fuente posible de conflictos de intereses o
interpretaciones respecto de la regla fiscal, dado que nuestra convicción, es
que la regla fiscal gana credibilidad en la medida que se hace más explícita,
que se cumple estrictamente y que sus excepciones estén adecuadamente
reguladas”.
Entonces, la indicación plantea que el mecanismo entre
en vigencia a partir de marzo de 2026 y se activará, a través de un nuevo
Decreto de Política Fiscal. Este decreto tendrá que contener una justificación
fundada del cumplimiento de las condiciones establecidas, el plazo máximo por
el cual se desviará de las metas originales y los mecanismos de corrección y
convergencia que serán utilizados, para alcanzar una situación fiscal
sostenible.
“Con estas indicaciones estamos fortaleciendo la regla
fiscal con el propósito de asegurar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Es así como este paso, otorga mayor credibilidad a la política fiscal”, indicó
Javiera Martínez, directora de Presupuestos.
“Con este proyecto de ley, se avanza en tener mayor predictibilidad y certeza sobre el futuro de las finanzas públicas, lo que en un escenario en el que el nivel de deuda ha ido creciendo resulta de gran relevancia”.
Por otro lado, la indicación propone cambios al
artículo 10 bis y crea un Fondo para Desastres Naturales (Foden), cuyo objetivo
será financiar gastos e iniciativas fiscales para atender los efectos de uno o
más desastres naturales, sin perjuicio de los recursos provenientes de otras
fuentes que sean destinados al mismo fin (como reasignaciones, por ejemplo).
Define desastre natural como “todo evento causado por
la naturaleza o los procesos naturales de la tierra, tales como eventos
hidrológicos, meteorológicos, geofísicos, astronómicos, biológicos, o
antrópicos”.
El Fondo se gatillará por Decreto Supremo y sólo
cuando el presidente o Presidenta de la República, haya dictado Estado de
Excepción Constitucional por Emergencia y/o Catástrofe en alguna de las zonas
afectadas.
Tendrá como uso exclusivo, el financiar los gastos
derivados de la ocurrencia de uno o varios desastres naturales, cuando el mayor
gasto fiscal estimado producto de dicho evento represente al menos un 0,5% del
gasto fiscal establecido en el presupuesto del año en curso.
También los recursos del Foden podrán destinarse al
pago de primas de seguros y/o coberturas contra eventos de la misma naturaleza,
que suscriba el Estado de Chile.
Este Fondo será constituido por uno o más aportes con
cargo a la venta de activos o excedentes estacionales de caja del Tesoro
Público o con cargo, al Fondo de Estabilización Económica y Social, hasta
completar US$1.000 millones, entre otros.
En un artículo transitorio, se determina que este
monto deberá ser transferido completamente, a más tardar, dentro de los 90 días
corridos siguientes a la publicación de la ley.
Para el caso del Fondo de Estabilización Económica y
Social (FEES), se especifica que su principal objetivo es la estabilidad de las
finanzas públicas y la provisión, de bienes y servicios ante cambios abruptos
en el ciclo económico y eventos extraordinarios. Para lo anterior, deberá
ceñirse a las reglas de acumulación y usos establecidos en los artículos 2 y 4
del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2006 del Ministerio de Hacienda.
Cabe recordar, que este proyecto de ley fue presentado
por la administración anterior al Congreso Nacional en septiembre de 2021 y
actualmente, se encuentra en segundo trámite constitucional en la Comisión de
Hacienda del Senado.
Con este paso, se avanza en fortalecer la sostenibilidad de las finanzas públicas en línea con el compromiso de responsabilidad fiscal. Estas nuevas disposiciones propuestas por el Gobierno, incorporan las recomendaciones de diversos organismos especializados como el Consejo Fiscal Autónomo, el FMI, la OCDE, entre otros.
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