Este mecanismo preventivo y
voluntario, permite a las MIPEs acceder a la asistencia de un asesor
especializado, quien puede ser elegido por el propio emprendedor o designado
por la Superir a través de un sistema de sorteo. El objetivo, es evitar un
posible cierre del negocio y promover su continuidad mediante estrategias de
recuperación.
Durante este proceso el asesor
realiza un diagnóstico completo de la situación financiera, contable y
económica de la empresa, identificando las causas que han llevado a su
insolvencia y diseña un plan de acción personalizado para enfrentar la crisis,
el cual puede incluir la negociación directa con los acreedores, para obtener
renegociación de deudas reducción de intereses o multas, nuevos convenios de
pago e, incluso, gestiones para acceder a financiamiento. Estas medidas buscan
alcanzar una solución extrajudicial y evitar el cierre de la empresa.
Si no es posible resolver la
situación por la vía extrajudicial, el asesor puede recomendar iniciar alguno
de los procedimientos concursales simplificados tales como la reorganización,
que tiene como propósito permitir que una empresa aún viable llegue a un
acuerdo de pago con sus acreedores y continúe operando; o bien, la liquidación
simplificada, dirigida a aquellas empresas que ya no pueden seguir funcionando,
las cuales entregan sus bienes a un liquidador para que sean vendidos y, con lo
recaudado, pagar sus deudas.
En la asesoría se contempla un
período de Protección Financiera de 90 días, que otorga a la empresa un
resguardo temporal frente a acciones judiciales mientras se define y ejecuta la
estrategia para enfrentar la crisis.
Este resguardo no solo brinda
tranquilidad al emprendedor, sino que también genera un espacio seguro para
tomar decisiones informadas, evaluar alternativas y construir soluciones
sostenibles que permitan superar el momento crítico.
¿Quiénes pueden acceder a esta
asesoría?
· Micro
y pequeñas empresas que se encuentren imposibilitadas de pagar una o más
obligaciones financieras de su empresa y/o estimen que dentro de los próximos
tres meses su emprendimiento podría encontrarse en un estado de insolvencia o
en una crisis financiera aguda.
· Tributen
en primera categoría (exceptuados los que se encuentren en el artículo segundo
de la Ley N º. 20.416)
· Tengan
ventas inferiores a 25.000 UF durante los 12 meses previos a la fecha de
solicitud.
¿Qué se necesita para iniciar el trámite?
Ingresar una solicitud ante la
Superir, adjuntando antecedentes básicos como información financiera y contable
de la empresa. La solicitud puede realizarse en línea a través de https://www.superir.gob.cl/asesor_ei/
donde se accede con ClaveÚnica.
¿Cuáles son los beneficios de
la AEI?
Apoyo profesional
especializado, con acompañamiento durante todo el proceso.
Diagnóstico integral de
la situación financiera, contable y económica de la empresa.
Propuesta de soluciones reales para
enfrentar la crisis y evitar el cierre.
Protección financiera por 90
días, que entrega tranquilidad mientras se define el plan de acción.
El Superintendente Hugo
Sánchez destacó la importancia de solicitar una AEI de manera oportuna: “Cada
pequeña empresa que logra superar una crisis representa un impacto positivo
para la economía nacional. No solo se protege una fuente de ingresos, también
se preserva el dinamismo comercial en barrios y regiones. Esta es una
oportunidad concreta para reemprender”.
Por lo mismo, instó a las MIPEs a informarse con anticipación y aprovechar esta herramienta antes de que la situación se sea irreversible.
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