A casi dos semanas del inicio del proceso,
la Operación Renta 2026 comienza a entrar en una etapa decisiva, marcada por un
aumento en el flujo de declaraciones ante el Servicio de Impuestos Internos
(SII) y por el interés de miles de contribuyentes que aún no completan el
trámite.
El proceso, iniciado el 1 de abril,
contempla distintos plazos según el tipo de contribuyente, concentrándose
principalmente entre abril y comienzos de mayo, de acuerdo con el calendario
definido por el Servicio de Impuestos Internos.
Uno de los aspectos más relevantes para
los contribuyentes es precisamente el calendario de devoluciones, el cual
depende directamente de la fecha en que se realice la declaración.
Quienes declaren entre el 1 y el 8 de
abril recibirán el pago en forma anticipada el 29 de abril.
Las personas que declaren entre el 9 y el
23 de abril recibirán su depósito el 15 de mayo.
Quienes hagan el trámite entre el 24 de
abril y el 8 de mayo, tendrán su transferencia el 27 de mayo.
Los pagos con cheque se realizarán,
independientemente de la fecha de declaración, el 29 de mayo.
Las fechas indicadas corresponden al
calendario referencial informado por el SII, el cual puede variar o verse
afectado en casos de observaciones, retenciones judiciales, inconsistencias en
la declaración o revisiones posteriores.
En este contexto, expertos advierten que
postergar el trámite puede tener consecuencias tanto en tiempos de devolución
como en la calidad de la información declarada.
A ello se suma que las declaraciones
presentadas en fechas posteriores enfrentan con mayor frecuencia procesos de
revisión automática, derivados de cruces de información efectuados después de
los primeros ciclos.
Marcelo Sanzana, Docente de la Universidad
del Alba, llaman a no confiarse en la amplitud de los plazos y a revisar
cuidadosamente la información antes de enviar la declaración.
“Estamos en un momento clave del proceso.
Muchas personas creen que pueden dejar la declaración para el final sin mayores
efectos, pero lo cierto es que eso aumenta el riesgo de errores y retrasa
beneficios como la devolución de impuestos. Declarar temprano hoy es una
decisión financiera”, explica el académico.
El especialista enfatiza que, si bien el
sistema del SII ofrece propuestas automáticas, estas deben ser revisadas en
detalle, especialmente en casos de contribuyentes con ingresos por honorarios,
múltiples empleadores o beneficios tributarios.
“La propuesta del SII es una buena base,
pero no reemplaza la revisión del contribuyente. Diferencias en ingresos,
cotizaciones o beneficios pueden impactar directamente en el resultado final.
Un error hoy puede traducirse en fiscalizaciones o pérdida de dinero”, agrega.
Además, recalcan que quienes declaran
anticipadamente no solo reducen el riesgo de inconsistencias, sino que también
acceden a los primeros ciclos de devolución, lo que en la práctica puede
significar recibir recursos semanas antes.
Cabe recordar que la responsabilidad final
de lo declarado recae siempre en el contribuyente, aun cuando la información
provenga de una propuesta elaborada por el SII.
¿Quiénes deben realizar la declaración de
renta?
Si estás en los siguientes casos, tienes
la obligación de presentar tu declaración de Renta este año:
Tuviste ingresos anuales superiores al
monto exento equivalente a 13,5 UTA, salvo que correspondan exclusivamente a
sueldos de un solo empleador
Tuviste más de un empleador o pagador.
Percibiste rentas a honorarios, caso en el
cual se debe efectuar el proceso de cotización previsional obligatoria, con
posibilidad de optar por el mecanismo gradual establecido en la normativa
vigente.
Solicitaste el Préstamo Solidario COVID-19, ya que en la Operación Renta correspondiente se calculan y pagan las cuotas anuales que fija la ley.
Creaste un emprendimiento en 2025
(recibiste ingresos por la venta de productos y/o prestación de servicios).
En el caso de las empresas, todas tienen
que presentar su Declaración de Renta.
La Operación Renta se mantendrá activa
hasta fines de abril —con extensiones acotadas hacia mayo—, por lo que aún
existe margen para cumplir con el proceso, aunque con un llamado claro: evitar
la congestión de última hora y realizar una declaración informada y oportuna.
Ojo: año nuevamente se aplicará el procedimiento de retención para los deudores de pensiones de alimentos y del Crédito con Aval del Estado.












