¿Qué pasa si no me pagaron la
devolución que me correspondía? En este caso, lo primero que debe hacer el
contribuyente es revisar que sus datos bancarios hayan sido correctamente
ingresados al hacer tu declaración.
Una vez chequeado ello, se
debe revisar si la declaración registra observaciones, ya sea por información
solicitada incompleta o equívoca, o datos proporcionados por agentes
retenedores (bancos, instituciones comerciales, empleadores/as, entre otros),
lo que debe ser subsanado en www.sii.cl o
en oficinas del SII, según corresponda.
Lo anterior, puede ser
consultado en el sitio web del Servicio, ingresando con el RUT y ClaveÚnica o
Clave Tributaria. Allí, se debe seleccionar el menú “Servicios online”,
opción “Declaración de renta”, “Consulta y seguimiento” y “Consultar
estado de declaración”.
Luego, ingresar el año
tributario, donde se podrá ver el estado de la declaración, historial,
observaciones y cómo solucionarlas (“Ayuda para corregir observaciones”).
Es importante destacar que el
SII luego de la fecha de depósito de las primeras devoluciones realiza procesos
de revisión de las devoluciones retenidas, en los cuales se pueden liberar
devoluciones de declaraciones observadas, por ejemplo, por actualización de
información entregada por agentes retenedores.
En estos casos la liberación
de los recursos se realiza de manera automática sin que el contribuyente tenga
que hacer una acción adicional, eso sí, esto puede tomar algunas semanas.
¿Y si no existen observaciones
y, aun así, la devolución no se ha pagado? En este caso, la Defensoría del
Contribuyente explica que es probable que la Tesorería General de la República
(TGR) haya realizado una retención o una compensación contra la devolución
solicitada, ya sea, por deudas tributarias, pensiones de alimentos u otras.
Esto puede ser consultado
en www.tgr.cl, ingresando
con el RUT y Clave Única o Clave Tributaria, seleccionando el menú “Beneficios
y devoluciones”, submenú “Consultas”, “Consulta renta” y “Consultar
Devolución Renta” para ver el estado de la solicitud.
Y, para las retenciones
realizadas por la Tesorería: “Beneficios y devoluciones”, “Consultas” y “Deudas
compensadas”.
Derechos de los contribuyentes
En caso de que el Servicio de
Impuestos Internos notificara del rechazo de la devolución solicitada o
realizara una liquidación de impuestos (cobro por un monto distinto), la
Defensoría del Contribuyente recomienda ingresar una solicitud de “Representación
administrativa” en www.dedecon.cl,
donde las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas
(MiPymes) recibirán orientación, acompañamiento y apoyo especializado gratuito.
Por su parte, si el
contribuyente siente que sus derechos han sido vulnerados durante el proceso de
Operación Renta, puede realizar un reclamo en el sitio web de la Dedecon, que
intercederá ante esta situación frente a las instituciones correspondientes.
Para solicitar dicho servicio,
se debe ir a la sección “Nuestros servicios”, seleccionar el
formulario “Recepción y gestión de quejas”, identificarse con su
Clave Única O Clave Tributaria, y completar el documento online. Una
vez concretados estos pasos, el equipo especializado de la Defensoría tomará
contacto, de manera totalmente gratuita, ya sea, a través del mismo medio,
llamado telefónico o videollamada.
El defensor nacional del
Contribuyente, Ricardo Pizarro, llamó a los contribuyentes a estar atentos con
las observaciones que puedan recibir en su declaración.
“En caso de que exista una
devolución de impuestos y ésta quede retenida por la autoridad, es importante
que el contribuyente revise en detalle las razones que determinaron esta
retención y realice con prontitud dentro de los plazos establecidos las rectificaciones
que se le indican.
Si el contribuyente considera
que no existen razones de fondo para retener estos recursos y el contribuyente
crea que sus derechos están siendo vulnerados, le sugerimos que tome contacto
con nosotros e ingrese un requerimiento de atención en la web www.dedecon.cl o bien a
través de las oficinas de ChileAtiende del país”.
Cabe señalar que, según el calendario de la Operación Renta 2025, el próximo proceso de devoluciones se realizará el 14 de mayo, para quienes completaron el proceso durante el segundo período (entre el 09 y el 21 de abril) y que opten por transferencia electrónica. Los pagos en documentos bancarios (cheque) se realizarán el 30 de mayo, independiente de la fecha de presentación de la Declaración de Impuesto a la Renta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario