Respecto al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), cabe
notar que el límite vigente ya se encuentra en el máximo que permite la ley.
Esta decisión se fundamenta en el objetivo de promover
la diversificación de los portafolios de los FP, permitiéndoles acceder a mejores
combinaciones de riesgo y retorno.
Si bien el marco legal citado permite al Banco fijar
estos límites entre 5 y 15% del valor del Fondo de Pensiones que corresponda,
se decidió mantener los límites para los Fondos de Pensiones en un nivel
inferior a la cota máxima de dicho rango.
Esta decisión se adopta considerando que eventuales
ajustes en las carteras de inversión de los Fondos de Pensiones puedan llevarse
a cabo sin afectar el normal funcionamiento del sistema financiero, y manteniendo
el criterio de gradualidad en la implementación de estos límites que ha
orientado el accionar del BCCh en esta materia, desde que se introdujera esta
alternativa de inversión al marco legal vigente.
Estos nuevos límites se incorporarán en el Capítulo
III.F.4 del Compendio de Normas Financieras (CNF) del Banco a contar del día 15
de abril del presente año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario