El Banco Central estableció Facilidad de Crédito
Condicional al Incremento de las Colocaciones (FCIC) y de la Línea de Crédito
de Liquidez (LCL).
Estas son líneas para bancos, con recursos e incentivos para
que éstos continúen financiando y refinanciando créditos a hogares y empresas,
especialmente aquellos que no tienen acceso al mercado de capitales.
El monto inicial equivale a US$ 4.800 millones y puede
aumentar, conforme se incrementen las colocaciones. A su vez, la línea
adicional tiene un margen de crecimiento de cuatro veces la línea inicial,
equivalente a US$ 19.200 millones, lo que acercaría el total a los US$ 24.000
millones.
Esta medida considera a su vez la ampliación de colaterales para
acceder a esta facilidad, incluyendo cartera de colocaciones comerciales de
evaluación individual, categorías A1 a A3.
Medidas de apoyo al funcionamiento de los
mercados financieros
Inclusión de los bonos corporativos dentro de los
colaterales elegibles para todas las operaciones de liquidez en pesos ofrecidas
por el Banco, incluida la FCIC y la LCL.
El viernes 20 de marzo se dio inicio a la compra de
bonos bancarios a participantes del sistema SOMA por un monto de hasta US$4 mil
millones (en UF). En la Reunión de Política Monetaria del 31 de marzo, cuando
ya se había comprado US$2.500 millones del monto comprometido, el Consejo
decidió ampliar el plan en otros US$4 mil millones.
Con ello, el saldo de
compra remanente de dicho programa pasó a ser de hasta US$ 5.500 millones.
Además, sobre este saldo, se eliminaron las restricciones de plazo de los
instrumentos hasta US$ 8.000 millones.
Ampliación de plazos en los programas de gestión de
liquidez en pesos y dólares a través de operaciones REPO, FX‐Swap hasta 4.000
millones y US$ 4.500 millones en NDF.
Modificación transitoria de las normas de encaje
monetario, ampliando la constitución del encaje en obligaciones en moneda
extranjera de dólares estadounidenses a euros, yenes y pesos chilenos.
Ajuste temporal de los requerimientos de liquidez para empresas bancarias, suspendiendo el cumplimiento de los requerimientos para descalces de plazos (30 y 90 días) y flexibilizando la regularización y cumplimiento del límite liquidez de corto plazo (LCR), en coordinación con la CMF, que seguirá siendo 70% de para el año 2020.
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